Publicado el procedimiento sancionador del sistema REACH
El BOE ha publicado la Ley por la que se establece el régimen sancionador previsto en los Reglamentos relativos al registro, a la evaluación, a la autorización y a la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH)
El Reglamento (CE) nº 1907/2006, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), estableció la nueva política europea sobre comercialización de sustancias químicas con el claro objetivo de garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente, así como la libre circulación en el mercado interior de sustancias, como tales, en forma de mezclas o contenidas en artículos, y potenciar al mismo tiempo la competitividad y la innovación, pretendiendo asimismo fomentar métodos alternativos para evaluar los peligros que plantean las sustancias químicas. Por otra parte, el Reglamento (CE) nº 1272/2008, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, establece nuevos criterios para adaptar el sistema comunitario de clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas al de Naciones Unidas (Sistema Globalmente Armonizado, SGA). Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones que emanan de estos Reglamentos comunitarios, los mismos imponen a los Estados miembros la adopción de medidas efectivas de supervisión y control, así como a establecer un régimen sancionador en caso de infracción y a tomar todas las medidas necesarias para garantizar su aplicación.
A tal efecto, en el BOE del pasado 1 de abril se ha publicado la "Ley 8/2010, de 31 de marzo, por la que se establece el régimen sancionador previsto en los Reglamentos (CE) relativos al registro, a la evaluación, a la autorización y a la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) y sobre la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas (CLP), que lo modifica" (cuyo texto puede obtenerse en: http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/01/pdfs/BOE-A-2010-5293.pdf), que establece, junto al sistema de intercambio de información entre las Administraciones central y autonómicas, la regulación -respecto de estas materias- de los responsables, listas de las infracciones derivadas de uno y otro Reglamento, y tipificación y graduación de las sanciones. No obstante, el régimen sancionador referente a la clasificación, etiquetado y envasado de sustancias no será de aplicación hasta el 1 de diciembre de 2010; y el referente a las mezclas, se aplicará sólo desde el 1 de junio de 2015.
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